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EDUCACIÃ’N

24 de enero de 2025

Repudio de Suteba:Las expresiones del Presidente Milei dichas en el Foro de Davos 2025

Repudiamos estas afirmaciones de carácter anticonstitucional ya que las mismas están consagradas en nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL y en la LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

No podemos pasar por alto  las expresiones del Presidente Milei dichas en el Foro de Davos 2025. Allí afirma: ... "pasamos a una cantidad artificialmente infinita de derechos positivos. Primero fue la educación, luego la vivienda... " 

Repudiamos estas afirmaciones de carácter anticonstitucional ya que las mismas están consagradas en nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL y en la LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

El derecho a la educación en Argentina está consagrado en el artículo 8° de la Constitución Nacional.
El sistema educativo debe garantizar el derecho a aprender a todos los habitantes del país, sin discriminación. 

La Ley de Educación Nacional N° 26.206, aprobada en 2006, regula el derecho a la educación en Argentina. 
Esta ley establece que la educación es una prioridad nacional y que el sistema educativo debe asegurar el acceso

El Estado es el responsable de financiar y garantizar este DERECHO.
Otra vez asistimos a la negación de derechos por parte del estado nacional.

Seguimos insistiendo en el financiamiento educativo ya que lo contrario nos llevará a la desaparición de la calidad y la universalidad educativa que establece LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, ley suprema de las/os argentinas/os

Consejo Ejecutivo de Seccional 
Suteba Coronel Rosales

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